Si hasta ahora el volumen de ingresos máximo para acogerse a dicho régimen era de 450.000 EUR, y 300.000 en las compras, a partir de 2016 se irán reduciendo dichos importes a los 250.000 hasta llegar a los 150.000 en 2018.
Otra condición a cumplir era que si se facturaba a profesionales o empresas no debían superarse los 225.000 EUR de ingresos anuales si dicha facturación era inferior al 50 % de los ingresos. Si era superior (y por ello sujeto a retención) se limitaba a 50.000 EUR. Con la reforma, el primer importe se reducirá a 125.000 en 2016 y 2017 hasta 75.000 que se aplicará a partir de 2018.
Con ello, las necesidades de gestión de muchos talleres cambiarán radicalmente y precisarán de un software de gestión para taller profesional, adecuado a la normativa y dado que seguramente se verán necesitados de los servicios de un gestor, que ofrezca la posibilidad de exportar los datos de facturación y/o contables del programa de facturación para talleres al software de contabilidad de la gestoría,
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Exportación contabilidad software de taller |
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